La Reforma Laboral introduce cambios significativos en la regulación de la jornada de trabajo, buscando mayor flexibilidad tanto para empleados como para empleadores. Entre las medidas más destacadas se encuentran la implementación de bancos de horas, que permiten acumular y distribuir el tiempo laboral de manera más flexible a lo largo de semanas o meses, así como nuevos esquemas de compensación por horas extra o por jornadas excepcionales. 

El proyecto de Reforma Laboral que el Gobierno envió al Congreso, actualmente en análisis en el Senado, plantea una transformación profunda de las normas que regulan el empleo en Argentina. La iniciativa modifica de manera integral la Ley de Contrato de Trabajo, buscando otorgar mayor flexibilidad en las relaciones laborales, redefinir los derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores, y actualizar la organización de jornadas, salarios y costos asociados a la contratación. La propuesta abarca múltiples aspectos de la relación laboral, desde la contratación y desvinculación hasta vacaciones, indemnizaciones y estructuras salariales.

Uno de los puntos centrales de la reforma es la reorganización del tiempo de trabajo mediante la implementación de “bancos de horas”. Este sistema permite que las horas trabajadas por encima de la jornada habitual no se paguen de inmediato como horas extra, sino que se compensen posteriormente con días libres o reducción de la carga horaria en otros períodos. Aun así, se mantienen los descansos legales mínimos: 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, y el descanso semanal obligatorio, garantizando la protección de la salud laboral de los empleados.

El tratamiento de las horas extras también experimenta cambios relevantes. Bajo el nuevo esquema, empleadores y trabajadores pueden acordar la compensación de horas adicionales a valor de hora normal, en lugar de pagar el recargo habitual, siempre que exista un acuerdo por escrito que detalle voluntariedad, límites, funcionamiento y un registro confiable de las horas trabajadas y pendientes de compensación. La reforma permite que convivan distintos modelos: el régimen clásico de horas extras, bancos de horas o francos compensatorios, según lo que acuerden las partes o los sindicatos, respetando siempre los descansos mínimos legales.

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