Las modificaciones al régimen de contrataciones fueron formalizadas mediante un decreto del Poder Ejecutivo. Desde el Gobierno señalaron que el objetivo es reforzar los estándares éticos en las compras del Estado y garantizar que los procesos se realicen bajo principios de integridad, transparencia y eficiencia, con mecanismos claros de control y rendición de cuentas para prevenir irregularidades.
El Gobierno introdujo modificaciones en el régimen de contrataciones del Estado para la obra pública y amplió los criterios de exclusión vigentes. A partir de los cambios, quedarán impedidas de contratar aquellas empresas involucradas en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas, con el objetivo de reforzar los controles y elevar los estándares en los procesos de compras públicas.
Las medidas fueron oficializadas mediante el decreto 5, publicado este martes en el Boletín Oficial. Desde ahora, los organismos estatales deberán analizar las ofertas presentadas y constatar que los oferentes no formen parte de los registros de empresas inhabilitadas elaborados por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. El Ejecutivo remarcó que la contratación pública debe ajustarse a principios de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas, y señaló la necesidad de incorporar estos listados internacionales como herramienta preventiva.
En los fundamentos de la norma, el Gobierno sostuvo que la corrupción daña la confianza en las instituciones, perjudica la calidad de los servicios públicos y provoca un uso ineficiente de los recursos del Estado, con impacto negativo en el crecimiento y el desarrollo. En ese marco, se destacó el rol estatal en la adopción de mecanismos para disuadir, prevenir y combatir el cohecho transnacional, mediante sanciones penales, civiles o administrativas, entre ellas la exclusión o inhabilitación de empresas en los procesos de adjudicación de contratos públicos.







